En una votacion en donde quedo en nueve votos a favor y dos en contra, el pleno de la Suprema Corte de Justicia determinó que el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) no violaba la Constitución por no permitir a las empresas deducciones, que sí están previstas para el Impuesto sobre la Renta (ISR), y consideraron que con su aplicación no se incurre en iniquidad tributaria.
Aun se encuentra en resolver los amparos que estan en revisión y que promovieron miles de empresas, negocios y particulares .
Los ministros tambien determinaron que el IETU es un impuesto distinto del ISR.
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