¿Alguna
vez has investigado si tus trabajadores prestan sus servicios laborales a otra
empresa, además de la tuya?
¿Sabes de qué manera influye esto en tu pago de cuotas obrero patronales?
Pues, relativamente si tú no te enteras de que tu trabajador tiene dos o más patrones no pasa nada, sin embargo, si te percataras de una situación así puedes beneficiarte del Art. 33 de la Ley del Seguro Social (LSS), que dice que cuando un trabajador presta servicios a dos o más patrones es posible que los patrones paguen de manera conjunta las cuotas.
Muchas veces un trabajador tiene dos o más patrones y cada uno de ellos aportan al IMSS las cuotas de éste trabajador, sin saber que se pueden repartir esta obligación. Lo anterior quiere decir que si un trabajador tiene, por ejemplo, 3 patrones, puede dividirse el pago de la obligación entre 3 y cada patrón pagar sólo su parte proporcional.
Los patrones pueden pagar de manera conjunta las cuotas de la siguiente manera:
Para
que disfrute de las prestaciones en dinero en caso de que el asegurado preste
servicios a varios patrones, se tomará en cuenta la suma de los salarios
percibidos en los distintos empleos, cuando ésta sea menor al límite superior
establecido en el artículo 28 los patrones cubrirán separadamente los aportes a
que estén obligados, con base en el salario que cada uno de ellos pague al
asegurado.










