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24 febrero 2011

Cambiando de solución (desilución) de contpaq

Pues bien señores creo ya todos hemos estado viendo soluciones de facturación electrónica desde el año pasado o bien nos hemos estado dando recomendaciones a través de la red #cptwitter

En lo personal habíamos estado trabajando con contpaqi facturación electrónica que parecía ser una buena herramienta de trabajo, y después de añadirle a este los el CFDI al sistema parecía ser un excelente sistema de facturación.

No cabe duda que como un sistema de contabilidad mis respetos, pero como un sistema de facturación electrónica ha dejado mucho que desear como sistema, debido a errores que el mismo sistema ha arrojado, la poca disponibilidad de asesoría o soporte técnico por parte de ellos

Por eso cuando contratemos un sistema de facturación electrónica no olvidemos ver que tan seria es la empresa para dar soporte y que costos conlleva, debido que muchas empresas para las ventas si existe un 01-800... pero para soporte o asesoría del sistema es muchas veces un teléfono de larga distancia.

Este sistema actualmente cuenta con un foro de soporte, que son mas quejas que dudas debido a su apoyo lento, una linea de larga distancia para aquellos que no somos de Guadalajara que tardan mas de 25 minutos en contestar y no te resuelven nada (pero eso si un 01-800 para comprar sistema y te contestan en 2 minutos), un buscador de problemas pasados (que si tienen suerte encuentran el suyo)...
No cabe duda que hay que hacer una buena valuación de software antes de adquirirlo.

Si bien es cierto las ventas del sistema se han elevado, pero no así su personal de soporte, que si bien es cierto esto podría ser temporal y con mayor hincapie hay que dejar claro que se podría ser una empresa líder de software contable

14 febrero 2011

Deducción de colegiaturas

El dia de hoy se dio a conocer un decreto en el que se permitira a personas fisicas, deducir lo spagos hechos a colegiaturas

Cabe de señalar que este esta pendiente de su publicacion, pero el cual consta de lo siguiente:
Con el decreto de estímulo fiscal firmado el día de hoy, las personas físicas podrán deducir para efectos de su Impuesto Sobre la Renta (ISR), las colegiaturas de los niveles preescolar, primaria, secundaria y media superior. La medida aplicará cuando se trate de las colegiaturas para los estudios del propio contribuyente, de su cónyuge, de sus hijos o de sus padres

Para acceder a los beneficios de la deducción de colegiaturas se establece que dichos pagos deben hacerse a través de medios de pago electrónico o cheques nominativos.

La deduccion de las colegiaturas se realizara en la declaración anual y sera hasta por los siguientes montos por alumno:

Preescolar                14,200
Primaria                   12,900
Secundaria               19,900
Profesional Tecnico  17,100
Bachillerato              24,500

11 febrero 2011

ANTEPROYECTO DE CUARTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA

El Servicio de administracion tributaria publico por medio de su pagina el anteproyecto de la de la cuarta resolucion de modificaciones a la resolcion miscelanea en lo que destaca lo siguiente:

Aviso de cambio de domicilio fiscal por Internet


I.2.7.5. Para los efectos de los artículos 27, primer párrafo del CFF y 26, fracción III del RCFF, las personas físicas y morales podrán optar por presentar a través de la página de Internet del SAT, el aviso de cambio de domicilio, cumpliendo con los requisitos establecidos en la ficha 65/CFF denominada “Aviso de cambio de domicilio fiscal”, contenida en el Anexo 1-A y conforme al procedimiento previsto en la “Guía para presentar el aviso de cambio de domicilio fiscal por Internet”, publicada en la página de Internet del SAT.

Declaración informativa de ingresos obtenidos en el régimen de pequeños contribuyentes


I.3.12.3.1. Para los efectos del artículo 137, cuarto párrafo de la Ley del ISR, los contribuyentes que tributen de conformidad con la Sección III del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, únicamente presentarán la declaración informativa de los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal de 2010, cuando sea requerida por las autoridades fiscales
 
Información del IVA mediante declaración informativa múltiple


I.5.5.2. (Se deroga)
 
Transitorios
Segundo.

Completo
Para los efectos de lo dispuesto por la fracción V de la regla II.2.23.4.5., durante el primer trimestre de 2011, las representaciones impresas de los CFD´s podrán contener la leyenda "Este documento es una impresión de un comprobante fiscal digital".

08 febrero 2011

Factura Electronica ¿Pagar o pagar por servicio?

Como bien sabemos a partir del año pasado se ha estado dando el cambio de la factura tradicional a facturación electrónica.

Muchas empresas optaron por emitir desde el año pasado sus comprobantes por medios propios y algunos otros que no les alcanzo el tiempo o su dinero para hacerse de un sistema(ya que no eran muy baratos que digamos), no queda mas que irse con un PAC.

Pero muchos empresarios tienen la idea de que tienen que pagar por el servicio, el cual no es así. El SAT desde un principio obligo a los PAC a poner un servicio gratuito para la obtención del timbrado y uno de paga, lo que si es verdad es que se ofrecen un servicio muy diferente

Recordemos que apartir del 2011 existen 3 vias para la emisión de facturación electrónica
  • CFD por medios propios (solo aquellos que optaron en el 2010 o atraves de un proveedor hasta junio 2011)
  • Comprobantes fiscales con codigo de barras (contribuyentes con ingresos menores a 4 millones de pesos)
  • CFDI
Y es que al día de hoy se han sumado 9 PAC a la lista que comenzo desde el 1 de Enero del 2011, todos ellos prestan el servicio de PAGA y a su vez un servicio GRATUITO.

Miguel Chamlaty a través de la anafinet ha dado un excelente resumen en el que evalúa la mayoría de los servicios: evaluación

Lo que si es recomendable es evaluar cada uno de los servicios, así como sus costos y sus ventajas

IVA 12% generalizado ¿bueno o malo?


En los ultimos años el pais se ha tornado en la idea si se reestructura la tasa del IVA o no En los ultimos años se ha propuesto el bajar el IVA al 12% generalizado, esto conlleva el que todo bien o servicio adquirido se tenga que pagar dicha tasa, incluyento alimentos y medicinas.

Pero vayamos mas alla del solo poner o no un gravamen a dichos productos... y comparto en cierta medida la opinion de un prestigiado periodista que comentaba hace un par de años, cuando comentaba el golpe que sufririan los bolsillos de los mexicanos al incrementar un IVA a sus medicamento y decia: "no nos hagamos, el mexicano pobre no tiene ni para comprar un medicamento, con y sin IVA, asi que no golpeamos sus bolsillos, porque no los compran"

Pero nosotros hagamos un breve ejercicio, y veamos en que gastamos diariamente de forma personal y veremos que realmente salimos mas beneficiados que perjudicados, porque simple y sencillamente el 70% de nuestros consumos tienen un IVA al 16%

En fin, hagan dicho ejercicio y veamos el resultado...

03 febrero 2011

Aspectos relevantes declaración anual Personas Fisicas

Varios aspectos que hay que considerar en la presentacion de la declaración anual de personas fisicas son las siguientes:

En caso de presentacion de la declaracion en febrero o marzo: Cuando la declaración anual se presente durante febrero o marzo del 2011, se considerará presentada el 1 de abril de dicho año.

¿Qué gastos personales se pueden deducir en la declaración anual del 2010?
  • Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.
  • Gastos funerales, hasta por un monto máximo de un salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año. Cuando se contraten servicios funerarios a futuro, se podrán deducir en el año en que se utilice el servicio
  • Donativos no onerosos ni remunerativos, hasta por un monto que no exceda de 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el ISR en el 2009, antes de aplicar las deducciones personales.
  • Intereses reales, efectivamente pagados durante 2010, por créditos hipotecarios destinados a casa habitación, contratados con el sistema financiero, Fovissste e Infonavit, entre otros organismos públicos, siempre que el monto del crédito no exceda de 1’500,000 unidades de inversión (UDIS)
  • Las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o en las cuentas de planes personales de retiro, así como las efectuadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias
  • Primas por seguros de gastos médicos complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
  • Gastos de transporte escolar de sus hijos o nietos, siempre que sea obligatorio o se incluya en la colegiatura para todos los alumnos y se señale por separado en el comprobante correspondiente.
  • El impuesto local sobre ingresos por salarios, siempre que la tasa de dicho impuesto no exceda de 5%.
¿Es acreditable el IVA que se pagó en los gastos personales?
No, toda vez que no se trata de una deducción autorizada, por lo que al ser una deducción personal, el
IVA pagado se considera parte del gasto efectuado

¿Qué datos informativos obligatorios se deben manifestar en la declaración anual del 2010?
Los prestamos, premios y donativos superiores a $600,000

¿Qué conceptos se pueden acreditar contra el IETU del ejercicio?
  • El acreditamiento por sueldos y salarios gravados y aportaciones de seguridad social
  • El crédito fiscal por inversiones (adquiridas de 1998 a 2007).
  • El ISR propio del ejercicio efectivamente pagado.
  • Los pagos provisionales del IETU.

Otros créditos fiscales aplicables, como pueden ser:
  • Por inventarios.
  • Por deducción Inmediata / Pérdidas Fiscales
  • Por enajenación a plazos
¿En qué caso estoy obligado a presentar declaración anual, si únicamente obtuve en el 2010, ingresos por sueldos, salarios y conceptos asimilados?
  • Obtuvo ingresos anuales mayores a $400,000.00.
  • Haya comunicado por escrito a su patrón a más tardar el 31 de diciembre de 2010 que presentaría su declaración anual por su cuenta.
  • Además haya obtenido otros ingresos acumulables distintos de sueldos y salarios.
  • Dejó de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2010.
  • Hubiera prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea en 2010.
  • Obtuvo ingresos por salarios de personas no obligadas a efectuar las retenciones

02 febrero 2011

Declaraciones Informativas


Medios en que se debe presentar la información


 
Magnéticos
Capturas con más de 1000 registros, la información se presenta ante cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente (ALSC), en unidad de memoria extraíble (USB) o en CD, los que les serán devueltos después de realizar las validaciones respectivas.

Por internet
Capturas de hasta 1000 registros, la información debe enviarse por internet a través del Portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT); en este caso, y posterior a la captura de datos, el programa genera un archivo para enviarlo por dicha vía.

 

 
Información a presentar
 
  • De sueldos y salarios pagados, así como de conceptos asimilados
  • De las personas a quienes se les haya otorgado donativos
  • De pagos y retenciones del ISR, IVA o IEPS
  • Declaración en la que se determine el remanente distribuible y el porcentaje que corresponda a cada integrante
  • De operaciones de financiamiento del extranjero
  • Inversiones en territorios con regímenes fiscales preferentes
  • Regimen pequeños contribuyentes
  • Informacion sobre Impuesto al Valor Agregado
  • Operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero
  • Operaciones de fideicomisos

DeclaraSAT en linea



Le permite desde el portal realizar la captura con cálculo automático de impuestos y envío de la declaración anual del ejercicio fiscal 2010, para aquellas personas físicas que obtuvieron ingresos por un sólo concepto o acumulando dos o más de los siguientes:

  • Sueldos, salarios y conceptos asimilados a salarios
  • Actividades empresariales y profesionales
  • Régimen Intermedio
  • Arrendamiento de inmuebles (casa habitación y/o local comercial)
  • Intereses (provenientes o no del sistema financiero)

No requiere instalar un programa adicional en su computadora, sólo verifique que cuenta con la versión de la máquina virtual de java adecuada

Acceso

Declarasat 2011


El día de ayer el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer la nueva versión del DeclaraSAT 2011, sistema que como ya todos conocemos se utiliza para la presentación de la declaración anual de personas físicas del ejercicio 2010

Descarga

FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA DIVERSOS SECTORES



El día de hoy se publico en el diario oficial de la federación diversas facilidades administrativas en materia de ISR, IVA y el IETU para contribuyentes que se señalan a continuación:


  • Sector Primario.
  • Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal.
  • Sector de Autotransporte Terrestre Foráneo de Pasaje y Turismo.
  • Sector de Autotransporte Terrestre de Carga de Materiales y Autotransporte Terrestre de Pasajeros Urbano y Suburbano.


01 febrero 2011

Prima de riesgo de trabajo 2011

Recuerda que en febrero debes presentar la Determinación de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo de tu empresa.


 
  • Si eres patrón y tuviste trabajadores a tu cargo, y no cambiaste de actividad económica del 1° de enero al 31 de diciembre de 2010, revisa tu Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo.  
  • Si al calcularla es diferente a la del año anterior, sí estás obligado a presentarla.
  • Si te encuentras en la prima mínima y tus trabajadores no sufrieron accidentes o enfermedades de trabajo durante el año, no estás obligado.
Recuerda que se puede presentar por internet via IDSE

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