El servicio de administración tributaria dio a conocer un pequeño vídeo en forma de tutorial para imprimir de manera personal sus comprobantes con código de barras bidimensional
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09 marzo 2011
08 noviembre 2010
Calculo IETU 2010
Quiénes lo deben pagar o declarar
Las personas físicas que:
- Presten servicios profesionales
- Renten bienes inmuebles
- Realicen actividades comerciales, industriales, agropecuarias, ganaderas y silvícolas.
- Sean sujetos del impuesto sobre la renta, como:
- Sociedades mercantiles
- Sociedades civiles
- Sociedades cooperativas de producción, asociaciones en participación, entre otras.
Momento de los ingresos
- Las personas morales y fisicas consideran el flujo de efectivo para calcular el IETU
¿Qué deducciones pueden efectuar los contribuyentes?
- Erogaciones para adquisición de bienes, servicios independientes o uso o goce temporal de bienes.
- Inversiones nuevas adquiridas de septiembre a diciembre de 2007.
- Contribuciones, excepto el IETU, ISR, IDE, Aportaciones de Seguridad Social.
- Devoluciones.
- Descuentos o bonificaciones.
- Depósitos o anticipos.
- IVA o IEPS cuando no se tenga derecho a acreditarlos.
- Indemnizaciones por daños y perjuicios y penas convencionales.
Los sueldos y salarios, asimilables a salarios, asi como aportaciones de seguridad social NO SON DEDUCIBLES, estos solo seran deducibles via acreditamiento
¿Los anticipos a proveedores son deducibles?
Sí, las cantidades efectivamente pagadas son deducibles, entre ellas se encuentran los anticipos, siempre que den lugar a los ingresos por los que se deba pagar el IETU.
Descarga calculadora
22 septiembre 2010
Actualización y recargos
En ocasiones por falta de liquidez las empresas realizan sus pagos de impuestos de manera extemporanea y esto conlleva el pago de actualizacion y recargos
Aquí un pequeño resumen del y una herramienta para el calculo
Quienes deben pagar recargos y actualizar contribuciones
Las personas físicas y las personas morales que no paguen las contribuciones productos o aprovechamientos en el plazo establecido en las disposiciones fiscales.
Calculo actualizacion
Ejemplo:
El 17 de noviembre de 2009 se debió haber cubierto el pago provisional del ISR correspondiente a octubre de 2009 por la cantidad de 12,750 pesos; sin embargo, la obligación se cubrió hasta el 15 de marzo de 2010. Para este ejemplo el factor de actualización se determina de la siguiente manera:
INPC de febrero 2010 140.857 (ultimo inpc publicado)
Entre:
INPC de octubre 2009 137.258 (mes en que se causo el impuesto)
Igual:
Factor de actualización 1.0262
Actualizacion:
Contribución 12,750
(x) 1.0262
(=)13,084.05 impuesto actualizado
12,750 -13,084.05 = 334.05 importe de actualizacion
Calculo recargos
Continuando con el ejemplo anterior se deben sumar las tasas de recargos correspondientes a los meses de noviembre de 2009 a febrero de 2010, que es el periodo de mora.
Considerando que en cada uno de los meses la tasa de recargos en del 1.13%, esta seria en total 4.52% (suma de los meses de nov, dic, ene y feb)
Contribución actualizada 13,084.05
(x) Porcentaje recargos 4.52%
(=) Cantidad de recargo 591.09
Quedando así:
Impuesto 12,750
Actualizacion 334
Recargos 591
06 septiembre 2010
IVA acreditable : actividades gravadas y exentas
Desde hace ya años la ley de IVA establece procedimientos de acreditamiento de IVA dependiendo las actividades que se lleven a cabo.
Dentro del articulo 5º de la ley de IVA nos habla del acreditamiento en el caso del IVA y nos dice en el caso de las actividades realizadas
En el caso del segundo y tercer punto la ley de ISR (art 32 fracción XV) establece que será deducible el IVA al que no se tenga derecho a acreditamiento (esto en los supuestos de actividades exentas o actividades gravadas-exentas)
Casos practicos
Realizacion de actividades gravadas (tasa general 16% y 0%)
23 mayo 2010
5 % estado regimen intermedio
Desde hace años en la mayoria de los estados (si no es que en todos ya) se cobra en el caso de los regimen intermedio el impuesto estatal 5% previsto en la ley del impuesto sobre la renta
Sin embargo hay aun contadores que aun no entendemos al 100% la mecanica... aqui un ejemplo del pago al estado y la federacion
Ver calculo
Sin embargo hay aun contadores que aun no entendemos al 100% la mecanica... aqui un ejemplo del pago al estado y la federacion
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