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04 septiembre 2013

¿Destrucción o donación de mercancías?, ¿que se hace?



¿Cuantas veces nos hemos encontrado que en nuestros negocios hay mercancia obsoleta y que ya no se vendera?, y hacen la pregunta al contador ¿cuando la deduzco si no se vendera?

Los contribuyentes antes de destruir la mercancía que perdió valor deben ofrecerla en donación a donatarias autorizadas asistenciales, de lo contrario no será deducible de sus inventarios.


Esto es si es sujeta la mercancia a donacion hacerlo, de lo contrario proceder a destruir.


Una vez hecho esto tendremos que hacer lo siguiente:



ContribuyenteDonataria autorizada asistencial
1. Ingresa con tu Fiel1. Ingresa con tu Fiel
2. Ofrece mercancía2. Solicita mercancía
3. Establece contacto con la donataria autorizada3. Recoge y recibe la mercancía donada
4. Entrega la mercancía4. Informa el destino de la mercancía
5. Si cumple requisitos recibe tu factura electrónica 5. Emite factura electrónica


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