Desde hace ya años la ley de IVA establece procedimientos de acreditamiento de IVA dependiendo las actividades que se lleven a cabo.
Dentro del articulo 5º de la ley de IVA nos habla del acreditamiento en el caso del IVA y nos dice en el caso de las actividades realizadas
En el caso del segundo y tercer punto la ley de ISR (art 32 fracción XV) establece que será deducible el IVA al que no se tenga derecho a acreditamiento (esto en los supuestos de actividades exentas o actividades gravadas-exentas)
Casos practicos
Realizacion de actividades gravadas (tasa general 16% y 0%)
Caso practico en el caso de actividades gravadas y exenta
2 comentarios:
El IVA que esta sujeto a la proporcion, es aquel que no puede ligarse directamente a la operacion, gravada o exenta, segun mi criterio, si tienes compras gravadas, el iva de estas es totalmente acreditable, no asi el de los gastos. Saludos!
Muy buen ejemplo me quedaba cierta duda en cuanto a la interpretacion del articulo 32 fraccion xv pero ya viendolo en un caso practico queda clarisimo.
y si, el q esta sujeto a la proporcion es aquel que no se puede identificar, si es para realizar actividades gravadas o exentas
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