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04 agosto 2011

¿Camionetas deducibles hasta $175,000?


Desde hace varios años la ley de ISR topo la deducibilidad de automoviles a $175,000 y entro la controversia si era para todo tipo que equipo de transporte.
                                                                                                                                                                                         
Que nos dice la legislacion:

Artículo 42. La deducción de las inversiones se sujetará a las reglas siguientes:
II.- Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000.00


¿Pero que es un automovil?


Artículo 3o.-A.del Reglamento del ISR nos dice:
Para efectos de la Ley y de este reglamento, se entenderá por automovil aquel vehículo terrestre para el transporte de hasta diez pasajeros, incluido el conductor.






No se considerarán comprendidas en la definición anterior las motocicletas, ya sea de dos a cuatro ruedas
El Servicio de Administración Tributaria desde hace tiempo emitió el criterio normativo para dicho tema y comenta:

Tanto la Ley del Impuesto sobre la Renta como su Reglamento no definen lo que debe entenderse por vehículos o camiones de carga, por lo que acorde con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 5o., del Código Fiscal de la Federación, se aplica de manera supletoria el Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales, mismo que en su artículo 2, fracción III, numeral 6, define a los vehículos Pick Up como camiones, entendiendo a éstos como aquellos vehículos de motor, de cuatro ruedas o más, destinado al transporte de carga.
En este sentido, los vehículos denominados pick up son camiones de carga destinados al transporte de mercancías, por lo que no deben ser considerados como automóviles para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Así que si quedan algunas dudas estamos comentando...

Saludos

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