El Servicio de Administracion Tributaria por medio de su portal dio a conocer las principales dudas en cuestion de facturación electrónica.
Si aun hay dudas, favor de postearlas abajo de este tema y las revisaremos
1. ¿Continúa vigente el monto de ingresos acumulables iguales o inferiores a 4´000,000.00 para expedir comprobantes fiscales con código de barras bidimensional (CBB)?
Si, toda vez que el monto de 250,000.00 entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2014, para quienes en dicho ejercicio deseen continuar expidiendo comprobantes fiscales bajo este esquema.
Fundamento legal: ( 1.9 mB) Artículo 29-B fracción I del CFF, ( 78 kB) Regla I.2.8.1.1. de la 2ª RMRMF para 2013 y ( 78 kB) Décimo Tercero y Décimo Cuarto Transitorios de la 2ª RMRMF para 2013.
2. Durante 2013 ¿puedo continuar expidiendo de manera conjunta CFD y CFDI?
Sí.
Fundamento legal: Artículo ( 78 kB) Décimo Tercero Transitorio de la 2ª RMRMF 2013.
3. Si al 1 de enero de 2014 tengo folios de CFD´s aprobados, ¿Puedo continuar utilizándolos para expedir CFD´s?
No, la facilidad para expedir CFD estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2013.
Fundamento legal: Artículo ( 78 kB) Décimo Tercero Transitorio de la 2ª RMRMF 2013.
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