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31 agosto 2010

SUA 3.2.8 apartir de mañana

Recuerden que a partir de mañana 1 de septiembre las entidades receptoras del SUA solo recibirán mediante la versión 3.2.8

Sino se dispone de la versión mas reciente revisar http://www.imss.gob.mx/patrones/complementos

Prorroga sipred?

Muchos andan aun preguntando en la red sobre una posible prorroga dentro de los dictámenes a presentarse hoy... aquí la respuesta
Habrá prorroga sipred?

Pagina del SAT en video

Señores aquí la nueva imagen del Servicio de administración Tributaria en vídeo

28 agosto 2010

Mexicana aterriza y no despegara por el momento...

Mexicana dio a conocer a sus clientes y trabajadores la suspencion de manera indefinida de labores derivada a la crisis que atraviesa la empresa. Entre las medidas tomadas estan las siguientes:

•Grupo Mexicana suspende indefinidamente sus operaciones


•La actual administración recibió la empresa hace siete días dentro de un proceso de Concurso Mercantil y en un estado de quiebra técnica

•El deterioro financiero y la falta de acuerdos obligan a Grupo Mexicana a dejar de volar

•Grupo Mexicana lamenta profundamente los inconvenientes generados a sus pasajeros
 

SAT cambia su imagen

Pues el viernes por la noche muchos nos sorprendio desde ver la pagina de SAT con informacion del 2008 hasta una nueva cara de la pantalla principal

Esta nueva imagen trae con sigo links de mayor uso en la caratula principal para un mejor manejo y uso de ello, al igual de una version movil del sitio

Solo es cuestion de acostumbrarnos a esta nueva imagen y ver su funcionalidad y ventajas

27 agosto 2010

Redes sociales #cptwitter red de contadores en twitter

Constantemente se ha hablado del uso de las redes sociales, y por muchas personas no es bien vista ya que es sinónimo de ocio, pero no es así. Desde hace varias semanas se apertura por varios colegas las red en twitter #cptwitter la red de contadores público en México.

En esta red nos encontramos colegas hablando de temas de interés general, aportando noticias, discutiendo o señalando vinculos de interés fiscal

Así que que esperas para seguir a la red social twittera de contadores en México

Como seguirlo?
A través de google aquí
De twitter aquí

También existen otras redes como facebook en donde encontraras a colegas de México o bien paginas de foros o blogs tanto contables, como fiscales

IVA al 15% de nueva cuenta?


IVA al 15% y al 11% (zona fronteriza el ultimo), pues si al parecer esta va ser una de las iniciativas que proporndra uno de los partidos (PRI) dentro de las reformas fiscales

Lo que si es cierto es que estamos es que estamos terminando el año y se hablan de muchas cosas... desde la eliminacion de ISR o IETU hasta esto... cual es mas creible o mas viable

17 agosto 2010

Orientacion en linea SAT

El Servicio de Administracion Tributaria desde hace ya tiempo ha implementado  las asesorias en linea... pero de que consta este servicio:

Actualmente hay asesoria en materia de personas fisicas, morales, apoyo problemas en sistemas del SAT, CFD (comprobantes fiscales digitales)

14 agosto 2010

Cuentas incobrables... hablando fiscalmente

A muchos no ha tocado que el cliente nos pregunta: oye fulanito no me a pagado que hago?

Cabe de mencionar que fiscalmente se lleva a cabo un procedimiento especial para este tipo de cuentas ya que es un pago de impuesto anticipado al pago de un producto y servicio.

El articulo 18 de LISR menciona en los casos en que se consideraran acumulables los ingresos y esto conlleva al pago de impuestos... pero ejemplo la fraccion I inciso a menciona: Se expida el comprobante que ampare el precio o la contraprestación pactada....  ¿y si no me pago? yo ya pague el impuesto causado... que hago ahora

Existen metodos para la recuperacion de este impuesto o bien deducir la contraprestacion y es conforme lo siguiente:
Art 31 fraccion XVI LSR: En el caso de pérdidas por créditos incobrables, éstas se consideren realizadas en el mes en el que se consuma el plazo de prescripción, que corresponda, o antes si fuera notoria la imposibilidad práctica de cobro.

(Aqui la ley habla de dos casos... prescripcion, esto es de acuerdo al codigo de comercio dentro de 10 años, esto es esperar este plazo... otra es, imposibilidad de cobro, esto es cobrarle y que no quiera, pero que cumpla lo siguiente)
Para los efectos de este artículo, se considera que existe notoria imposibilidad práctica de cobro, entre otros, en los siguientes casos:


a) Tratándose de créditos cuya suerte principal al día de su vencimiento no exceda de treinta mil unidades de inversión ( valor de UDI 4.437875, esto es $133,136.25 pesos), cuando en el plazo de un año contado a partir de que incurra en mora, no se hubiera logrado su cobro. En este caso, se considerarán incobrables en el mes en que se cumpla un año de haber incurrido en mora.

Cuando se tenga 2 o mas deudas de una persona, se sumaran y si no pasa este monto se realizara tal procedimiento.

Lo dispuesto en el inciso a) de esta fracción será aplicable tratándose de créditos contratados con el público en general, cuya suerte principal al día de su vencimiento se encuentre entre cinco mil pesos y treinta mil unidades de inversión, siempre que el contribuyente de acuerdo con las reglas de carácter general que al respecto emita el Servicio de Administración Tributaria informe de dichos créditos a las sociedades de información crediticia que obtengan autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con la Ley de Sociedades de Información Crediticia.

Así mismo, será aplicable lo dispuesto en el inciso a) de esta fracción, cuando el deudor del crédito de que se trate sea contribuyente que realiza actividades empresariales y el acreedor informe por escrito al deudor de que se trate, que efectuará la deducción del crédito incobrable, a fin de que el deudor acumule el ingreso derivado de la deuda no cubierta en los términos de esta Ley. Los contribuyentes que apliquen lo dispuesto en este párrafo, deberán informar a más tardar el 15 de febrero de cada año de los créditos incobrables que dedujeron en los términos de este párrafo en el año calendario inmediato anterior.

b) Tratándose de créditos cuya suerte principal al día de su vencimiento sea mayor a treinta mil unidades de inversión cuando el acreedor haya demandado ante la autoridad judicial el pago del crédito o se haya iniciado el procedimiento arbitral convenido para su cobro y además se cumpla con lo previsto en el párrafo final del inciso anterior. (esto si el monto es superior a 133,136.25 pesos)

c) Se compruebe que el deudor ha sido declarado en quiebra o concurso. En el primer supuesto, debe existir sentencia que declare concluida la quiebra por pago concursal o por falta de activos.

13 agosto 2010

Mandamientos del contador :o ... fin de semana, animo

Una colega(Geemy) me envió este correo, muchos ya lo leyeron pero es fin de semana animo...

Cuenta la leyenda que, cuando Dios liberó el conocimiento sobre como CONTABILIZAR, determinó que aquel 'saber' estaría restringido a un grupo muy selecto de sabios.


Pero, en este pequeño grupo, donde todos se creían 'semi-Dioses', (en realidad eran y seguimos siendo SEMI-DIOSES), alguien traicionó las determinaciones divinas... Y ahí llegó lo peor!!!.

Dios, enojado con la traición, resolvió hacer valer algunos mandamientos:

1º No tendrás vida personal, familiar o sentimental.

2º Tendrás gastritis, con suerte...... Si fueras cómo los demás tendrás úlcera y/o diabetes.

3º La prisa será tu único amigo y las comidas principales serán las picadas, las pizzas y la comida china.

4º Tus cabellos serán blancos antes de tiempo, eso si te sobra alguno.

SAT AUDITA A EMPRESAS QUE UTILIZARON OUTSOURCING




Se iniciaron actos de fiscalización a contribuyentes de giros como futbol, agencias de automóviles y hoteles por la practica de sustitucion laboral (outsourcing)

El operativo se originó del seguimiento al programa de verificación de despachos que ofrecen asesoría para utilizar prácticas fiscales indebidas

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), en coordinación con la Procuraduría General de la República, la Secretaría de Seguridad Pública y el Instituto Mexicano del Seguro Social, ejecutó este miércoles un operativo de fiscalización en contra de contribuyentes que han utilizado esquemas indebidos de sustitución laboral.

Comunicado completo aqui

09 agosto 2010

Nuevo billete de $100


Apartir del dia de hoy el Banco de Mexico ha puesto en circulacion el nuevo billete de $100. Este es el penultimo billete de la emision nueva.

Este billete cuenta con los elementos de seguridad similares a los de 50 y 20 pesos

Mas informacion Banxico


06 agosto 2010

Lo que no deben de hacer cuando...

Es viernes... por favor no hagan esto y menos en Mty que la vialidad no esta como queremos...

05 agosto 2010

Nuevo formato 41 compensacion


El Servicio de Administracion Tributaria dio a conocer el nuevo formato 41 en Excel, que se utilizara vigente a partir del 3 de agosto.

Se puede utilizar la versión de office que que usted maneje:

Formato para Office 2007 (click)


Formato para Office 97-2003 (click)

04 agosto 2010

IMSS: no habra tope de pensiones



Comunicado deDaniel Karam director del IMSS sobre lo relativo a pensiones:
Amigas y amigos representantes de los medios de comunicación:

Agradezco la presencia de todos ustedes y su atención a esta convocatoria, que es reflejo de nuestro compromiso de mantenerlos informados de manera oportuna en torno al tema de las pensiones de los trabajadores.

Como es de su conocimiento, desde el viernes pasado informé que los trabajadores ya pensionados seguirán recibiendo en tiempo y en forma, y sin modificación alguna, el monto de su pensión.

En aquella ocasión dejé claro que los más de dos millones 500 mil pensionados pueden tener la tranquilidad y la certeza de que en los meses siguientes y en los años subsecuentes, en ningún momento se verá afectada la cuantía de la pensión que reciben.

Al respecto, establecí el compromiso de informar la posición del Instituto Mexicano del Seguro Social en relación con el grupo de trabajadores que aún no se pensionan, y que tienen la legítima preocupación acerca de las condiciones en que recibirán su pensión a la luz de la reciente jurisprudencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que ha sido ampliamente comentada.

Señalé también, que para ello, esperaríamos a que la Corte hiciera público el engrose correspondiente, para que con base en elementos objetivos, el Instituto realizara el análisis y pudiera fijar su posición.

En estos días, hemos consultado la información respectiva y realizado el análisis jurídico correspondiente.

Hace unos minutos concluimos una reunión con del Consejo Técnico, integrado por representantes del sector gobierno, sector obrero, sector patronal en donde cada uno de los consejeros ha expresado su punto de vista.

Al respecto, hemos llegado a las siguientes conclusiones:

La citada jurisprudencia no afecta los derechos y beneficios de los trabajadores que aún no se han jubilado y que han venido cotizando conforme a la Ley de 1973 y 1997.

El monto para calcular sus pensiones seguirá aplicándose con base en el límite general de 25 salarios mínimos.

Esto significa que, cuando estas trabajadoras y estos trabajadores lleguen al momento de su jubilación, los montos que percibirán no tendrán reducción alguna a la luz de esta jurisprudencia.

En este sentido, los pensionados actuales y los pensionados futuros no tienen por qué preocuparse; la cuantía de su pensión no se verá afectada en la medida que el IMSS seguirá calculando el monto tal y como lo ha venido desarrollando en los últimos años.

Repito. Las pensiones no se verán afectadas, por lo que no debe haber motivo de preocupación.

Las pensiones se seguirán otorgando y pagando como hasta la fecha lo ha venido haciendo el Instituto con estricto apego a la Ley del Seguro Social.

Quiero hacer un reconocimiento público a cada uno de los integrantes del Consejo Técnico del Seguro Social.

Ellos han puesto enorme dedicación al análisis de este tema y sobre todo, han demostrado un gran compromiso en todo momento a favor de la protección de los intereses de los trabajadores mexicanos, en un marco de equidad, justicia social y estricta observancia y apego a la legalidad.

Este es, amigas y amigos el comunicado que queríamos compartir con ustedes en donde se fija la posición del IMSS y de su Consejo Técnico.

Agradezco su atención a esta convocatoria y a la difusión que le puedan dar a este tema que es de amplio interés para los derechohabientes y pensionados del Seguro Social.

¿Quien realmente no pagara tenencia?

El presidente Felipe Calderón firmó un decreto para que no paguen tenencia.

Pero muchos no han leido a quien aplica. La plicacion sera a los siguientes:
  • Para que quienes compren un auto nuevo no pagaran el impuesto de la tenencia.
  • Sea persona fisica
  • El vehiculo no debera sobrepasar 250 mil pesos.

 Cabe de mencionar que ya algunas agencias automotrices estan aplicando (absorbiendo) el pago

03 agosto 2010

Se recorre el plazo para MI portal (fuera de servicio)


Por mantenimiento, el servicio que se ofrece a través de "Mi Portal" se reanudará el jueves 5 de agosto a las 06:00 horas (horario del centro).

Ponemos a su disposición las siguientes alternativas:

Servicio de inscripción o actualización al Padrón del RFC. Podrá acudir a cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente.

Orientación, aclaraciones o solicitudes. Podrá acudir a cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente.

Entre otros

Si se eliminan dictamenes ¿crecera la competencia?

Una de las cosas que es de hablar, es lo que se dio hace dias con la eliminacion o con los cambios que se haran con la facilidades que dio a conocer el Sr presidente.

Uno de los puntos fue "eliminacion de dictamenes".y si bien es cierto aun no se emiten las reglas y lo que abarcara la eliminacion, tambien es cierto y si se queda asi (con la eliminacion de el dictamen total), es que sin duda se tendra una mayor competencia para aquellos que no dictaminamos.

¿Porque mayor competencia? bueno sencillamente al no haber dictamenes los despachos de auditoria al verse eliminada una entrada de ingreso considerable, buscaran la manera de compensar o reponer esa entrada monetaria.

No es descabellada esa competencia y a la vez es buena, ya que esto generaria una mayor competencia y el ofrecer un trabajo de mucha mejor calidad para el contribuyente que al final de cuentas es el que paga los platos rotos